MUEVETE

NO DEBEMOS PERMITIR QUE SE PONGA FIN A LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PÚBLICO QUE FUNCIONA EFICIENTEMENTE, SUPRIMIENDO A LOS ABOGADOS DE OFICIO LIBRES E INDEPENDIENTES, VERDADEROS ARTIFICES DEL PRESTIGIO DEL QUE GOZA EL SERVICIO; Y MENOS PARA BENEFICIAR A QUIÉN; TAMPOCO DEBEMOS PERMITIR LA INSTRUMENTALIZACIÓN POLÍTICA DE LA JUSTICIA A TRAVÉS DEL USO O EMPLEO DE LOS OPERADORES JURÍDICOS.







jueves, 11 de septiembre de 2014

EL TRIBUNAL DEL JURADO POPULAR: ALTERANTIVA IMPARCIAL Y OBJETIVA PARA ELUDIR LA DISFUNCIÓN DEL JUEZ Y PARTE EN MATERIA SANCIONADORA GREMIAL.-


Un Tribunal del Jurado Popular, constituido exclusivamente por ciudadanos ajenos al mundo judicial, sería estupendo como medio idóneo para fiscalizar, de manera imparcial y objetiva, la actuación de los fiscales, jueces y magistrados, tanto en materia disciplinaria como penal o civil. Con ello se evitarían las típicas suspicacias propias del concepto de juez y parte así como ciertas “vendettas” internas derivadas de celos o rivalidades entre fiscales, magistrados y jueces o viceversa, o posibles ingerencias de orden político en materia de la debida independencia judicial; con ello se garantizaría que, por ejemplo, una denuncia, queja o reclamación de un particular o un profesional contra un juez, magistrado o fiscal o una denuncia o queja de un juez, magistrado o fiscal contra otro juez, magistrado o fiscal fuese tramitada y resuelta por un órgano ajeno a aquellos que intervienen o son parte en el conflicto planteado o puedan serlo en el futuro.

En materia judicial sería clave para mejorar el funcionamiento de nuestro actual sistema judicial y el grado de satisfacción y confianza en el mismo.

Otro punto a tratar, con la finalidad de mejorar el funcionamiento de nuestro sistema judicial, podría ser el de restringir la carga de trabajo de los funcionarios de la AJ (Adm de Justicia) vetándoles la confección de escritos o resoluciones que no les competan por razón de su puesto de trabajo, de tal modo que, por ejemplo, si una diligencia o escrito lo debe de practicar un juez o magistrado sea éste quien asuma dicho trabajo, sin que lo pueda delegar, so pena de sanción, en un u otro funcionario para aliviar con ello la carga de trabajo del juez o magistrado...imposibilitando, de esta manera, que el juez o magistrado se limite simplemente a firmar el escrito o a darle el visto bueno con su firma a la diligencia practicada por el funcionario que no es juez o magistrado, con el pretexto de agilizar la justicia sobrecargando a la oficina judicial con carga de trabajo que no solo no le es propia sino que contraviene el principio de la tutela judicial efectiva...

Para empezar por algún lado...¿qué os parece...?

Porque hay cosas y situaciones que no sucederían o no se consentirían si se juzgasen ante dicho Tribunal del Jurado Popular a fiscales, magistrados y jueces en materias derivadas de su ejercicio profesional tales como la disciplinaria, la de responsabilidad penal o la civil, ya que la tramitación y el enjuiciamiento de la causa se situarían en un entorno neutral que propiciaría la igualdad de las partes y el trato objetivo e imparcial de la queja, reclamación o sanción, eliminando, con ello, cualquier temor de las partes a represalias futuras por ejercitar sus derechos o a que la causa no sea debidamente tramitada o enjuiciada.