MUEVETE

NO DEBEMOS PERMITIR QUE SE PONGA FIN A LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PÚBLICO QUE FUNCIONA EFICIENTEMENTE, SUPRIMIENDO A LOS ABOGADOS DE OFICIO LIBRES E INDEPENDIENTES, VERDADEROS ARTIFICES DEL PRESTIGIO DEL QUE GOZA EL SERVICIO; Y MENOS PARA BENEFICIAR A QUIÉN; TAMPOCO DEBEMOS PERMITIR LA INSTRUMENTALIZACIÓN POLÍTICA DE LA JUSTICIA A TRAVÉS DEL USO O EMPLEO DE LOS OPERADORES JURÍDICOS.







jueves, 30 de diciembre de 2010

ABOGADOS DE OFICIO E IGUALDAD

¿LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES SIGUEN VIGENTES EN NUESTRO ORDENAMIENTO JURÍDICO?; Y ¿EL ART. 14 DE LA CONSTITUCIÓN DEBE DE INTERPRETARSE EN EL SENTIDO DE QUE UNOS SON MAS IGUALES QUE OTROS?.-

“¿La Abogacía del Estado reconoce que los Abogados de Oficio son explotados por la propia Administración”?.

La Administración abona a un Letrado de Oficio poco más de 145 euros por un recurso de Apelación contencioso administrativo según el Baremo publicado en el DOG nº55, de 20 de Marzo de 2006, y el Abogado del Estado reclama en tasación de costas, por lo mismo y en el mismo recurso, una cantidad superior en euros, basándose, a falta de norma legal y, quizás, olvidándose del art.9 de la Constitución (interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos), en Baremos de Honorarios sin vigencia legal, por encontrarse, éstos, en suspenso; si en virtud del art.14 de la Constitución todos somos iguales ¿por qué el Abogado de Oficio, a diferencia del Abogado del Estado, no puede aplicar el libre albedrío para cobrar sus honorarios de la Administración y evitar la explotación a la que se le somete? ¿por qué la Abogacía del Estado, con el aquietamiento de funcionarios judiciales, consiente esto?.

¿Asistiremos antes a una declaración de inconstitucionalidad de la rebaja de sueldo por razón de la crisis, promovida y resuelta por los propios funcionarios (no podemos olvidar que los miembros del TC son funcionarios) que a una declaración de que es inconstitucional explotar a un colectivo de Abogados e indigno de un Estado de Derecho fomentar la discriminación según pague o recaude, o según se sea Abogado de Oficio o funcionario Abogado del Estado?.